régimen de visitas

Divorcios y los regímenes de visitas de los hijos

Cuando se presenta un divorcio o una separación entre una pareja que tiene hijos. Existen una serie de asuntos que se deben regular, incluyendo principalmente ls regímenes de visitas de los hijos.

A continuación les hablaremos acerca de los criterios que se siguen en Tribunales con relación a la regulación del régimen de visitas en caso de que los padres no lleguen a un acuerdo.

Regímenes de visitas normalizado

En términos generales, un régimen de visitas normalizado es aquel en el que el progenitor no custodio, tiene derecho a una estancia con los hijos durante los fines de semana alternos y vacaciones por la mitad.

Además de pernocta, así como una tarde o dos entre semana.

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Regímenes de visitas no normalizado

En este caso hablamos de un régimen de visitas en el que se alcanza un acuerdo en función de aspectos como la distancia entre la residencia de los padres, el trabajo o la jornada laboral del padre no custodio. Así como la enfermedad de los progenitores o incluso de los propios hijos, además de la corta edad.

Hablando de la corta edad, este aspecto está considerado por el Tribunal como algo relevante y en consecuencia se toma en cuenta para determinar el régimen de visitas que procede cuando los padres no llegan a un acuerdo.

Cabe mencionar que una de las cosas que más polémica ocasiona es establecer el régimen de visitas en hijos de corta edad, particularmente en el tema de si debe existir o no pernocta del meno con el padre no custodio.

Regímenes de visitas de niños lactantes

Cuando se trata de niños lactantes y debido a su dependencia hacia su madre, en los juzgados no es común acordar la pernocta de un niño lactante con el padre no custodio.

Además, las visitas o estancias con este progenitor, generalmente suelen darse por breves periodos, lo cual no necesariamente significa que no se tenga un trato frecuente con el padre no custodio, debido a que el niño lactante tiene que familiarizarse y además estrechar vínculos con los dos progenitores.

Lo cierto es que no hay un criterio unánime respecto a estas circunstancias, por lo que cuando se trata de menores lactantes, no se suele establecer un régimen de visitas normalizado y con pernocta.

Lo que se hace es establecer un régimen de visitas cortas pero frecuentes, las cuales se gradúan de forma progresiva a medida que el menor crezca hasta el punto que se pueda incluir la pernocta.

Regímenes de visitas en hijos con edad corta

Este régimen de visitas cuando hay un divorcio tampoco tiene con consenso generalizado, particularmente cuando se tiene que determinar si cabe o no la pernocta con el padre no custodio.

Lo cierto es que en los años recientes, se ha presentado una tendencia en la que los Tribunales comienzan a establecer acuerdos con pernocta con el padre no custodio en donde se tienen niños con edades más cortas.

Es importante dejar en claro que el criterio que se utiliza no es algo que se aplique a todos los casos, por lo que muchas veces lo más aceptado es el régimen de visitas normalizado en el que se incluye la pernocta desde los dos o tres años de edad.